Listos para la identificación electrónica mutua de usuarios europeos

A partir de este mes de septiembre los servicios públicos están obligados a ofrecer a los ciudadanos europeos la posibilidad de identificarse utilizando medios de su país de origen, tal y como marca el Reglamento eIDAS. La Universitat Jaume I (UJI) de Castellón es una de les tres universidades españolas que ha participado en el proyecto de implementación, liderado por la Secretaría General de Administración Digital (SGAD), para permitir que los ciudadanos europeos tengan acceso a los servicios públicos en España.

“A meshwork of green ropes against a red background” by Clint Adair on Unsplash

La UJI, junto a la Universidad de Córdoba y la Universidad de Murcia y otros organismos públicos, han integrado un conjunto de servicios públicos digitales con la nueva versión de Cl@ave, que incluye el acceso al conocido como nodo eIDAS y que permite reconocer identidades electrónicas de otros países de la Unión Europea. Según la Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas (CRUE), gracias a este proyecto, cofinanciado por la Unión Europea, las universidades se han apoyado en la infraestructura desplegada por RedIRIS y su soporte técnico, que hereda la experiencia de los proyectos STORK y STORK2. Así, los ciudadanos europeos podrán acceder a los servicios públicos españoles, utilizando para su autenticación un medio de identificación de su país de origen y, al mismo tiempo, un ciudadano español podrá identificarse en servicios europeos con su DNI.

¿Cómo se garantiza el reconocimiento mutuo de identificación?

Se ha creado un sistema europeo basado en un conjunto de nodos de interoperabilidad (nodos eIDAS) que conectan las infraestructuras de identificación electrónica entre sí, según el Portal Administración Electrónica (PAE). Estos nodos conectan con los servicios electrónicos y los sistemas de identificación nacionales y, también, con los nodos correspondientes de otros estados miembros permitiendo el reconocimiento de una identidad electrónica emitida por otro país de la Unión Europea.

Arquitectura de interoperabilidad de eIDAS FOTO: Secretaría de Estado de Administraciones Públicas

Según el Reglamento eIDAS, de 23 de julio de 2014, los estados miembros deben reconocer los medios de identificación electrónica de las personas físicas y jurídicas pertenecientes a un sistema electrónico notificado de otro estado miembro, así como las normas para los servicios de confianza y un marco jurídico para las firmas electrónicas, los sellos electrónicos, los sellos de tiempo electrónicos, los documentos electrónicos, los servicios de entrega electrónica certificada y los servicios de certificados para la autenticación de sitios web. Cuatro años después de su entrada en vigor, el pasado mes de febrero finalizaba el proyecto para conectar los servicios públicos al nodo eIDAS español y ahora, a partir de septiembre, comienza la obligación del reconocimiento mutuo.

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